En un principio, los españoles pensaron administrar las Indias a través de instituciones castellanas, pero eso fue imposible. Por ello crearon organismos especializados para el gobierno de las colonias.
El tamaño del continente y su enorme distancia de la península, obligó a crear una administración en la propia América, que funcionó en coordinación con la metropolitana. Para satisfacer la ambición de los conquistadores, el rey Carlos V, en 1534, dividió los territorios en cuatro franjas horizontales, denominadas Nueva Castilla, Nueva Toledo, Nueva Andalucía y Nueva León.
En siglos posteriores, las necesidades administrativas obligaron a sustituir la anterior división, por otra que incluía virreinatos, capitanías generales, audiencias y gobernaciones.
VIRREINATO. Fue la más grande división territorial y administrativa que hubo en las Indias. Cada virreinato tenía una o más audiencias. A la cabeza estaba el virrey, representante del monarca en las colonias y, por tanto, la más alta autoridad de ellas.
En 1535 se creó el Virreinato de Nueva España, que comprendía México y parte de los actuales Estados Unidos. El segundo fue el Virreinato del Perú, creado en 1542 y abarcó un extenso territorio del cual se segregaron los territorios que sirvieron de base a dos nuevos virreinatos: el de Nueva Granada establecido en 1739, y el del Río de la Plata en 1776.
VIRREINATOS Y CAPITANÍAS.
CAPITANÍAS GENERALES. Eran jurisdicciones administrativas y territoriales, a cuya cabeza estaba un Capitán General o Gobernador con amplias atribuciones militares, para la defensa de los territorios que sufrían amenazas de los nativos, piratas y filibusteros. Fueron establecidas cuatro capitanías generales: Guatemala, Venezuela, Cuba y Chile.
LAS AUDIENCIAS. Eran territorios donde existía una Real Audiencia, el más alto tribunal de justicia, pero debido a las necesidades de la administración colonial, sus atribuciones se extendieron a los aspectos económicos y de gobierno.
De ordinario, las audiencias eran tribunales de apelación o alzada, más si el pleito versaba sobre cantidades mayores a 6.000 pesos o intereses que involucraban dicha suma, los litigantes podían recurrir al Consejo Supremo de Indias, residente en España.
Las autoridades que componían la Real Audiencia se llamaban Oidores (Jueces) en un número de cinco o seis. Las audiencias estaban establecidas en un virreinato, aunque también en una Capitanía General.
GOBERNACIONES. Eran verdaderas unidades de carácter provincial, algunas de ellas tenían cierta autoridad frente a los virreyes. La máxima autoridad era el gobernador que tenía poderes políticos y administrativos. Las gobernaciones que dependían directamente del Rey sin estar sujetas a las autoridades del Virreinato, se llamaban Intendencias.
La Real Audiencia de Charcas.
Creada por el rey Felipe ll el 18 de septiembre de 1559, la Real Audiencia de Charcas inició funciones en 1561. El descubrimiento de las ricas minas de plata en Potosí, obligó a crear un nuevo centro administrativo para gobernar y controlar dicha zona que estaba alejada de Lima, la capital del Virreinato. La Audiencia, ejerció jurisdicción sobre la mayor parte del territorio de la actual Bolivia. Su conformación sirvió de base para fundar nuestra república.
EXTENSIÓN. En un principio, su jurisdicción se extendía 100 leguas a la redonda de la ciudad de La Plata. El crecimiento económico y demográfico de Charcas, determinó que la Audiencia se ensanchara. En 1563 fueron incorporados Tucumán y Diaguitas. En 1565 se agregaron Cuzco y Arequipa, medida muy resistida por el Virreinato de Lima, iniciándose la primera pugna territorial entre Charcas y Perú. En 1566 se incluyó la Gobernación del Paraguay y la región aledaña al Río de la Plata, incluida la zona en que hoy están las ciudades de Buenos Aires y La Plata, alcanzando su mayor extensión territorial a más de dos millones de km2.
DESMEMBRACIONES. En 1573, Cuzco pasa al Virreinato de Lima. En 1668, Paraguay deja la Audiencia. En 1776, se crea el Virreinato del Río de la Plata, disponiéndose que el territorio de la Audiencia de Charcas, deje de depender del Virreinato del Perú y pase al Virreinato del Río de la Plata.
ATRIBUCIONES. Nació como un tribunal de justicia, pero sus funciones abarcaron cuestiones políticas, económicas, eclesiásticas y militares. Muchas veces ejerció tanto o más poder que el Virrey.
Al estar la sede de la Audiencia en la ciudad de La Plata (hoy Sucre), la zona andina de Bolivia fue la que adquirió más influencia. Desde 1782 las provincias fueron denominadas intendencias, bajo dirección de un gobernador intendente. Con esta medida se trató de deslindar las atribuciones de los virreyes, capitanes generales y de las audiencias. Las audiencias volvieron a ser sólo organismos judiciales.
Otras autoridades de la Audiencia eran los corregidores. Tenían la responsabilidad de proteger a los indígenas, pero se convirtieron en sus peores verdugos. En lugares apartados, en ausencia de otras autoridades, hacían de jueces, policías, cobradores de tributos, proveedores de mitayos para minas, ingenios y obrajes.